Se suavizó, sí, pero no desapareció, y el cambio te afecta menos de lo que parece. El Reglamento (UE) 2026/1744 —el Ómnibus Digital, en vigor desde el 27 de julio de 2026— reescribió el artículo 4: donde antes decía «garantizar un nivel suficiente de alfabetización», ahora dice «adoptar medidas para apoyar la promoción de la alfabetización», y aclara que no obliga a garantizar un nivel concreto en ninguna persona.
Fíjate en lo que eso significa de verdad: lo que se ha relajado es el resultado, no el papeleo. Antes tenías que conseguir que tu equipo alcanzara un nivel; ahora tienes que poder enseñar las medidas que tomaste. La documentación ha pasado de ser la prueba del cumplimiento a ser el cumplimiento.
Y la obligación sigue vigente desde el 2 de febrero de 2025, sin umbral de tamaño. Lo que sí se aplazó es otra cosa distinta: los sistemas de alto riesgo del Anexo III, que van a diciembre de 2027 y que a tu negocio casi seguro no le aplican.